Secretaría de Tránsito
Puede dirigir sus inquietudes a cualquiera de los canales oficiales de la oficina de Tránsito y Transporte de la ciudad de Santa Marta, en donde será atendida de manera oportuna:
Tipos de vehículos
- Vehículos automotores de servicio público especial
Decretos
- Decreto 212 del 8 de mayo de 2026
Observaciones
La restricción aplica de lunes a viernes entre las 7:00 a. m. y las 11:59 p. m., según el último dígito de la placa:
- Lunes: 1 - 2
- Martes: 3 - 4
- Miércoles: 5 - 6
- Jueves: 7 - 8
- Viernes: 9 - 0
No aplica en días festivos. En días cívicos solo se exceptúa si así lo contempla el acto administrativo correspondiente.
La medida aplica en dos zonas:
- Anillo vial conformado por Carrera Primera, Batallón Córdoba, Cerro Ziruma, Troncal del Caribe y Vía Alterna.
- Área entre Carrera Primera y Avenida Hernández Pardo, y entre Calle Primera y Calle 25 del sector sur de El Rodadero.
Sanciones
Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010:
C. Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
C.14. Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.