Secretaría de Tránsito
Puede dirigir sus inquietudes a cualquiera de los canales oficiales de la oficina de Tránsito y Transporte de la ciudad de Quito, en donde será atendida de manera oportuna:
Tipos de vehículos
- Vehículos particulares (autos, camionetas, motos y todo tipo de transporte de uso privado).
Excepciones
- Vehículos propulsados exclusivamente por motores eléctricos.
- Vehículos conducidos por o que transporten a personas de la tercera edad (adultos mayores de 65 años o más).
- Vehículos conducidos por o que transporten a personas con discapacidad (debidamente acreditados con carné de discapacidad del CONADIS o del Ministerio de Salud Pública).
- Vehículos de emergencia (Cuerpo de Bomberos, ambulancias de salud, Cruz Roja, Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Agencia Metropolitana de Tránsito).
- Vehículos pertenecientes al Cuerpo Diplomático o Consular acreditados ante el Gobierno Nacional.
- Vehículos de transporte escolar, institucional y de turismo debidamente autorizados por la autoridad competente de tránsito.
Perímetro de Aplicación (Área Urbana)
La restricción rige en el área urbana consolidada de la ciudad de Quito, delimitada de la siguiente manera:
- Norte: Sector del Intercambiador de Carcelén, Redondel del Condado y Av. Diego de Vásquez.
- Sur: Sector de Guamaní (límite sur del casco urbano).
- Este: Avenida Simón Bolívar (la vía en sí está libre de restricción, pero no se puede ingresar a la ciudad desde ella).
- Oeste: Avenida Mariscal Sucre (Occidental).
Sanciones
Las sanciones por incumplir la medida de Pico y Placa en Quito se calculan en base al Salario Básico Unificado (SBU) vigente (SBU 2026: $482 USD):
- Primera infracción: Multa del 15% del SBU ($72.30 USD).
- Segunda infracción: Multa del 30% del SBU ($144.60 USD).
- Tercera infracción o más: Multa del 50% del SBU ($241.00 USD).
Además del pago de la multa económica, los vehículos infractores serán trasladados a los patios de retención vehicular del Municipio de Quito.