Pico y placa carga peso máx. superior a 8.500kg en Bogotá placas terminadas en 6

Cundinamarca, Colombia
Hoy
6
hoy tiene restricción

Hoy hay restricción para

Todos
Horario
  • 6:00am a 8:00am
  • 5:00pm a 8:00pm
Prográmese
6
tiene pico y placa los días:
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¿Cuándo tengo pico y placa?

La placa terminada en 6 tiene pico y placa hoy (lunes, 10 de agosto de 2026) en Bogotá para carga peso máx. superior a 8.500kg. Horario: 6:00am a 8:00am y 5:00pm a 8:00pm.

Cuándo le toca pico y placa a la placa terminada en 6 en Bogotá

La placa terminada en 6 tiene restricción hoy en Bogotá en el horario de 6:00am a 8:00am y 5:00pm a 8:00pm. La medida aplica según el esquema de placas terminadas para carga peso máx. superior a 8.500kg.

Preguntas frecuentes sobre la placa terminada en 6 en Bogotá

¿Tiene pico y placa la placa terminada en 6 para carga peso máx. superior a 8.500kg en Bogotá hoy?

Sí, los vehículos de tipo carga peso máx. superior a 8.500kg con placa terminadas en 6 tienen restricción de circulación hoy en Bogotá en el horario de 6:00am a 8:00am y 5:00pm a 8:00pm.

¿En qué horario tiene pico y placa la placa terminada en 6 en Bogotá?

El horario de pico y placa para carga peso máx. superior a 8.500kg en Bogotá es 6:00am a 8:00am y 5:00pm a 8:00pm. Durante este intervalo, los vehículos con placa terminadas en los dígitos restringidos no pueden circular.

¿Qué días aplica el pico y placa para la placa 6 en Bogotá?

El pico y placa para carga peso máx. superior a 8.500kg en Bogotá aplica de lunes a sábado. Los días sin restricción son: domingo, sábado.

¿Mañana tiene pico y placa la placa terminada en 6 en Bogotá?

Sí, mañana la placa terminada en 6 tiene pico y placa para carga peso máx. superior a 8.500kg en Bogotá.

¿De cuánto es la multa por infringir el pico y placa en Bogotá?

Los infractores serán sancionados con una multa de $ 875.452,50 (15 SMLDV 2026) y el vehículo será inmovilizado, según lo establecido en el Código Nacional de Tránsito (artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010).

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